Empleo y discapacidad

Empleo para personas con discapacidad

Las personas con discapacidad, especialmente las que presentan un grado severo, padecen altos niveles de desempleo. A efectos de las políticas de empleo, se consideran personas con discapacidad a las que tienen reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%. 

Siendo el empleo un elemento esencial para garantizar la igualdad de oportunidades, el desarrollo personal y la participación plena en la vida económica, cultural y social, la política de empleo, en este ámbito, deber buscar la integración de las personas con discapacidad en el sistema ordinario de trabajo o, si no es posible, mediante la fórmula especial de trabajo protegido. 

Para ello, la normativa contempla diferentes medidas que fomentan el empleo de las personas trabajadoras con discapacidad (establecimiento de un sistema de intermediación laboral, empleo con apoyo, enclaves laborales, etc.) o, el establecimiento de medidas de acción positiva en las políticas activas de empleo (reserva de puestos, subvenciones por la contratación, bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social, desgravaciones fiscales, etc.). 

Empleo ordinario y empleo protegido

Las iniciativas dirigidas a fomentar el empleo de las personas con discapacidad se agrupan según vayan destinadas a facilitar la incorporación al empleo ordinario o al protegido. Existen otras medidas, como los centros ocupacionales Archivo pdf.  Se abrirá en una ventana nueva. , que no son propiamente una modalidad de empleo, sino una actividad asistencial. 

Se puede consultar más información estadística sobre empleo de personas con discapacidad en Instituto Nacional de Estadística (INE) Se abrirá en una ventana nueva. y sobre la evolución de la contratación en el Observatorio de las Ocupaciones del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Se abrirá en una ventana nueva.

Empleo ordinario: medidas

  1. Cuota de reserva de puestos de trabajo: en empresas con 50 o más personas en plantilla han de reservar el 2% de los puestos de trabajo para las personas con discapacidad (Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social) Archivo pdf.  Se abrirá en una ventana nueva. , pudiendo sustituir su cumplimento por acciones alternativas (Real Decreto 364/2005) Archivo pdf.  Se abrirá en una ventana nueva. . Los incentivos a la contratación se centran en subvenciones por contratos, bonificaciones y exenciones de cuotas, deducciones fiscales y subvenciones a la adaptación de puestos de trabajo.
  2. Fomento del autoempleo, que financian proyectos empresariales, proyectos de autoempleo de personas trabajadoras por cuenta propia y conceden subvenciones para la constitución de cooperativas de trabajo asociado o sociedades laborales.
  3. Sistema de empleo con apoyo: actividades de orientación y acompañamiento individualizado que prestan personas preparadoras laborales especializadas, en el propio puesto de trabajo, a trabajadores y trabajadoras con discapacidad y con especiales dificultades de inserción laboral que realizan su actividad en empresas normalizadas del mercado ordinario de trabajo (Real Decreto 870/2007 Archivo pdf.  Se abrirá en una ventana nueva. ).
  4. Empleo público: el 7% es la cuota de reserva de plazas para personas con discapacidad en todas las Administraciones públicas (Ley 7/2007 Archivo pdf.  Se abrirá en una ventana nueva. ) y se regula para la AGE en el Real Decreto 2271/2004 Archivo pdf.  Se abrirá en una ventana nueva. . En las pruebas selectivas de ingreso, las personas con discapacidad disponen de las adaptaciones y los ajustes razonables necesarios de tiempos y medios para su realización Archivo pdf.  Se abrirá en una ventana nueva. y, en su caso, la preferencia en la elección de plazas y la adaptación del puesto de trabajo.

Empleo protegido

Diseñado para los casos en los que la persona con discapacidad puede ejercer una actividad laboral pero no en el mercado ordinario.

  • Centros Especiales de Empleo (CEE), Se abrirá en una ventana nueva. regulados por Real Decreto 2273/1985 Se abrirá en una ventana nueva. , públicos o privados y que realizan un trabajo productivo y asistencial, aseguran una remuneración para las personas trabajadoras y tienen como objetivo fundamental la integración del mayor número de personas con discapacidad al mercado ordinario. El trabajo de los CEE se ha actualizado mediante el Real Decreto 469/2006 Archivo pdf.  Se abrirá en una ventana nueva. , que moderniza los Servicios de Ajuste Personal y Social, que permiten ayudar a superar las barreras y dificultades que tienen las personas trabajadoras con discapacidad de los CEE en el proceso de incorporación y permanencia en un puesto de trabajo. Recientemente, el Ministerio de Trabajo y Economía Social ha publicado la orden del Ministerio de Trabajo y Economía Social TES/501/2021, de 20 de mayo Archivo pdf.  Se abrirá en una ventana nueva. , por la que se incrementan, con carácter extraordinario durante 2021, las subvenciones destinadas al mantenimiento de puestos de trabajo de personas con discapacidad en los CCE (BOE 25 de mayo de 2021).
  • Enclaves laborales, regulados en el Real Decreto 290/2004 Archivo pdf.  Se abrirá en una ventana nueva. : traslado temporal de un grupo de personas trabajadoras con discapacidad de un CEE a las instalaciones de una empresa del mercado ordinario de trabajo, para el desarrollo de una actividad productiva, a través de un contrato de arrendamiento de servicios entre el centro y la empresa para facilitar la transición desde el empleo protegido al ordinario.

 

Personas con discapacidad intelectual límite

El Real Decreto 368/2021, de 25 de mayo, sobre medidas de acción positiva para promover el acceso al empleo de personas con capacidad intelectual límite Archivo pdf.  Se abrirá en una ventana nueva. (BOE 26 de mayo de 2021) tiene por objeto, de acuerdo con la disposición adicional sexta de la Ley 26/2011, de 1 de agosto, de adaptación normativa a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, establecer un conjunto de medidas de acción positiva dirigidas a promover el acceso al empleo ordinario de las personas con capacidad intelectual límite. Y con ello modifica la siguiente normativa: 

- Real Decreto 1451/1983, de 11 de mayo, por el que en cumplimiento de lo previsto en la Ley 13/1982, de 7 de abril, se regula el empleo selectivo o las medidas de fomento del empleo de los trabajadores minusválidos.

- Real Decreto 870/2007, de 2 de julio, por el que se regula el programa de empleo con apoyo como medida de fomento de empleo de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo.

- Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional dual.