Organismos de intermediación en la adopción internacional

Los Organismos Acreditados para la Adopción Internacional (en adelante: OAA) son entidades  sin ánimo de lucro inscritas en el registro correspondiente, que tienen como finalidad en sus estatutos la protección a la infancia. Deben disponer en territorio nacional de los medios materiales y equipos pluridisciplinares necesarios para el desarrollo de las funciones encomendadas y estar dirigidas y administradas por personas cualificadas por su integridad moral, por su formación y por su experiencia en el ámbito de la adopción internacional. 

Tras la entrada en vigor del Reglamento de Adopción Internacional estos OAA, previo informe de la Entidad Pública en cuyo territorio tengan su sede, podrán ser acreditados por el Estado. Para poder desarrollar su actividad deberán estar también autorizados por el organismo competente en el país donde vayan a trabajar. Los OAA que no deseen tramitar nuevos ofrecimientos para la Adopción Internacional, continuarán trabajando para resolver los expedientes iniciados, al amparo de la acreditación de la Entidad Pública competente en materia de protección de menores.

Se entiende por intermediación en Adopción Internacional toda actividad que tiene por objeto poner en contacto o relación a  la persona/s que se ofrecen para la adopción con las autoridades, organizaciones e instituciones del país de origen o residencia de los niños y niñas que pueden ser adoptados y prestar la asistencia suficiente para que esa adopción se pueda llevar a cabo.

Las funciones, entre otras, que desempeñan son:

  • Información a los interesados en materia de adopción internacional.
  • Asesoramiento, formación y apoyo a las personas que se ofrecen para la adopción en el significado e implicaciones de la adopción, en los aspectos culturales relevantes y en los trámites que necesariamente deben realizar en España y en los países de origen de los niños y niñas.
  • Intermediación en la tramitación de ofrecimientos de adopción entre las autoridades competentes españolas y extranjeras.
  • Realización de las gestiones correspondientes para el cumplimiento de las obligaciones postadoptivas establecidas para los adoptantes en la legislación del país de origen de la persona menor adoptada, que les serán encomendadas en los términos fijados por la Entidad Pública española donde resida la familia que se ofrece para la adopción.

 Los OAA designarán a la persona que actuará como su representante ante la autoridad del país de origen.

El control y seguimiento respecto a las actividades de intermediación que vayan a desarrollar en el país de origen de los niños y niñas, corresponde a la Administración General del Estado si han obtenido esta acreditación. El control, inspección y seguimiento de estos organismos con respecto a las actividades que se vayan a desarrollar en el territorio de cada comunidad autónoma corresponderá a la Entidad Pública competente en cada una de ellas, de acuerdo con la normativa autonómica aplicable.

En cuanto al número de OAA por países, éste puede venir limitado por el propio país de origen de los menores, que considere oportuno establecer dicha limitación, o bien por la Administración General del Estado, en colaboración con las Comunidades Autónomas, que podrá establecer un número máximo de OAA para intermediacion en un país concreto, en función de las necesidades de adopción internacional en ese país, las adopciones constituidas u otras cuestiones sobre la previsión de posibilidades de adopción internacional en el mismo.

Para mas información pueden dirigirse al apartado de Normativa de esta web.

 

RELACION DE ORGANISMOS ACREDITADOS PARA LA ADOPCIÓN INTERNACIONAL (OAA):

 

ACI File pdf.  It will open in a new window.

ADOPTA File pdf.  It will open in a new window.

BRADOPTA File pdf.  It will open in a new window.

IPI File pdf.  It will open in a new window.

NIÑOS SIN FRONTERAS File pdf.  It will open in a new window.

 

AIST File pdf.  It will open in a new window.

CREIXER JUNTS File pdf.  It will open in a new window.

MIMO File pdf.  It will open in a new window.

PIAO File pdf.  It will open in a new window.

ADECOP File pdf.  It will open in a new window.

BALBALIKA File pdf.  It will open in a new window.

GUNEY File pdf.  It will open in a new window.

NAMASTÉ File pdf.  It will open in a new window.

YAMUNA File pdf.  It will open in a new window.

 

FEDERACIONES DE OAA 

Existen una Federación estatal (FIDECAI) y otra autonómica, en Cataluña (ECA). Para una información actualizada sobre nuevas acreditaciones y cambios en las existentes, pueden dirigirse a la Entidad Pública competente en materia de protección a la infancia de su Comunidad Autónoma de residencia.

 

  FEDERACIÓN INTERAUTONÓMICA DE ECAIS (FIDECAI)

 Correo electrónico: info@fidecai.org
 

 Miembros:

ACI
ADECOP
ADOPTA
AIST
BRADOPTA
CREIXER JUNTS
GUNEY
MIMO
NAMASTÉ
NIÑOS SIN FRONTERAS
PIAO
 

FEDERACIÓN ECA

 Correo electrónico: eca.federacio.oaa@gmail.com

Miembros:


AAIM
ADOPTA
BALBALIKA
IPI
YAMUNA