Prórroga extraordinaria de seis meses de los contratos de arrendamiento de vivienda habitual.
El Gobierno ha decidido aplicar una prórroga automática de los contratos de alquiler para evitar cualquier aumento abusivo de los precios.
- Con el fin de evitar aumentos abusivos de los precios del alquiler, se prorroga automáticamente la duración del contrato de alquiler por un periodo máximo de seis meses durante los cuales se seguirán aplicando los términos y condiciones establecidos en el contrato en vigor.
- Esta prórroga se aplica a todos los contratos de alquiler que finalicen entre el 28 de diciembre de 2022 y el 30 de junio de 2023.
¿Cuáles son los requisitos para esta prórroga?
- Que se haya terminado cualquier prórroga que hubiese.
- Que nadie haya comunicado que se termina el contrato en el plazo de 4 meses antes de la finalización.
¿Cuál es el procedimiento para solicitar esta prórroga?
- Debes solicitar esta prórroga a tu casero.
- Tu casero deberá aceptar la solicitud, salvo que entre el inquilino y el casero acordéis voluntariamente otros términos o condiciones.
La renta del contrato aplicable durante esta prórroga extraordinaria podrá actualizarse conforme a los términos establecidos en el contrato, con sujeción a las limitaciones establecidas en el artículo 46 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.
Si ya se ha acogido a una prórroga extraordinaria de seis meses, se podría solicitar una nueva prórroga extraordinaria al arrendador, puesto que el Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre establece de nuevo la facultad del arrendatario para poder prorrogar de manera excepcional el contrato de arrendamiento cuya duración ha expirado o está próximo a dicha fecha, ampliando esta posibilidad hasta el 30 de junio de 2023.